INICIATIVAS DE CONSULTAS POPULARES EN CASANARE: MOTIVOS, DIFICULTADES Y LOGROS

Por: Liliana Martínez y Marcela Vega de la Asociación de Becarios de Casanare – ABC

 

Introducción

 

La democracia participativa es uno de los pilares de la Constitución Política de 1991 que busca garantizar de manera efectiva el derecho de los colombianos a decidir sobre los temas que los afecten. Las consultas populares son un mecanismo de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía, el cual además se encuentra ampliamente reglamentado en la ley 134 de 1994 y la ley 1757 de 2015. Bajo ese precepto se está al frente de un Estado garante de este derecho.

 

Según datos de la Registraduría Nacional de Estado Civil, entre 1995 y 2014 se registraron 33 consultas populares en diferentes municipios de 16 departamentos. De estas, 20 procedieron y 13 no. El mayor número de consultas efectuadas se dieron en Bolívar y Guajira, seguidos por Boyacá, Cundinamarca y Cesar. Aunque se cuenta con el reporte de la Registraduría, quedan por fuera de este histórico oficial, decisiones que también se han tomado con este mecanismo de participación entre el 2014 y el 2018 donde se estima que, del total de las consultas populares, el 22 % indaga sobre la industria mineroenergética las cuales se han adelantado en Tolima, Cundinamarca, Santander, Quindío, Meta y Casanare [1].

 

El año en el que más se realizaron de consultas populares fue 1999 mientras los de menores registros fueron 1997, 2006 y 2013. Lo particular del 2013 es que surgen por primera vez en el país dos consultas populares en torno a decisiones relacionadas con proyectos mineroenergéticos. La primera el 28 de julio en el municipio de Piedras, Tolima y la segunda el 15 de diciembre en Tauramena, en Casanare, siendo esta última la pionera con relación al sector de hidrocarburos [2].

 

La experiencia de Tauramena se podría considerar un caso exitoso en tanto tuvo un respaldo positivo por parte de la ciudadanía y se constituyó en un referente para la región.  También cabe anotar el nivel de atención que surgió  en el país alrededor de la discusión de orden jurídico, político y administrativo frente a la tenencia y potestad del subsuelo, discusión que al parecer quedaría resuelta por la Corte Constitucional con la Sentencia T445 de 2016, que ratificó principalmente dos cosas: primero, que el subsuelo y los recursos naturales son propiedad del Estado, como lo estipula el artículo 332 de la Constitución Política [3] y segundo, que el concepto de Estado recoge la figura de las entidades territoriales, es decir de los departamentos y municipios, lo que los hace vinculantes en la toma de decisiones al respecto.

 

Dos años después de esta decisión la misma Corte Constitucional emite la sentencia de unificación SU 095 de 2018 la cual les resta a las consultas populares de nivel territorial su alcance sobre actividades de minería e hidrocarburos [4]. Sumado a esto se expide la Sentencia C-053 del 2019 [5] que declara inexequible el artículo 33 de la ley 136 de 1994 [6], lo que implica que no será de obligatorio cumplimiento este tipo de decisiones que generen un cambio significativo en el uso del suelo a través de este mecanismo de participación. Pareciera entonces que el Estado ha perdido su función de garante en lo que respecta a este mecanismo y derecho tal como fue promulgado por la Constitución Política de Colombia de 1991 y la normativa posterior que lo reglamentó.

 

Para efectos de la presente investigación, el énfasis corresponde al análisis de los procesos y resultados de las iniciativas de consulta popular realizadas en Casanare en torno a las actividades del sector de hidrocarburos. Esto teniendo en cuenta la importante contribución de este sector a la economía de Colombia en los últimos 30 años y teniendo en cuenta que el 68 % de municipios de este departamento se interesaron en hacer uso de este instrumento de participación y decisión.

 

Sumado a lo anterior, en esta investigación se conocerán las posturas de trece personas entrevistadas, siete representantes de la ciudadanía y seis funcionarios públicos, frente a la sentencia SU 095 de 2018 y el panorama a futuro de la sociedad civil para incidir en el desarrollo de proyectos del sector petrolero. Este análisis cualitativo se basa en fuentes primarias a partir de entrevistas a actores como líderes promotores de las consultas populares, asesores jurídicos de estas iniciativas y concejales de los municipios de Yopal, Tamara, Paz de Ariporo, Pore, Aguazul y Recetor, como también fuentes secundarias de tipo periodístico, columnas de opinión, artículos científicos y publicaciones de entidades oficiales.

 

 

Casanare, un atractivo para la economía nacional

 

Casanare es un departamento ubicado en la región de la Orinoquia, se convirtió en la década de los noventa en el centro de producción petrolera más grande del país tras los descubrimientos en 1991 y 1992 de los pozos Cusiana y Cupiagua ubicados en los municipios de Tauramena y Aguazul respectivamente, con reservas de 1.600 millones de barriles en Cusiana y 500 millones en Cupiagua, [6] Ecopetrol empresa del Estado y British Petroleum Exploration (BP) fueron las compañías que dieron a conocer esta noticia al país.

 

Sin embargo, la historia de exploración petrolera departamental se remonta a la década de los 70 cuando expertos adjudicaron propiedades petrolíferas al subsuelo orinoquense. Los primeros hallazgos, aunque sin éxito, fueron en Trinidad, Tocaría y Tauramena 1 y las compañías extranjeras en explorarlos fueron: Occidental, Shell, British Petroleum, Triton, Total y Chevron, aparte de Ecopetrol [7].

 

Bajo la figura de Asociación operan las industrias petroleras en donde se vincula capital extranjero y tecnología privada internacional, ejemplo de ello es la Asociación Santiago de las Atalayas entre Ecopetrol (50 %), BP (19 %), Triton (19 %) y Total (12 %) en el año 1982, cuyo operador fue la British Petroleum con un término pactado a 28 años, de los cuales 6 correspondían a la etapa exploratoria y 22 a la explotación. [8] Los pozos de Cusiana y Cupiagua son los que pertenecen a dicha asociación.

 

Por eso en 1997 las reservas de los pozos mencionados, las más grandes en Colombia, convirtieron al Casanare en el principal productor de crudo en el país con una cuota de producción nacional del 50 % lo que le ha valido su posicionamiento en un renglón importante de la economía nacional, manteniendo además un aporte significativo al PIB nacional, especialmente durante los años 2011 2013, pasando por periodos de desaceleración entre 2014 2016 y una leve recuperación a partir del 2017. [9] Cifras más recientes demuestran que Casanare para el 2018 contribuía con 1,61 % al PIB nacional, donde la representación de los hidrocarburos fue de 49,9 % [10].

 

Si bien la economía petrolera del departamento ha demostrado sostenibilidad en el tiempo, ello ha implicado desconfianza en la inversión de las regalías, alteraciones en el tejido social, cambios en el uso del suelo, entre otras consecuencias socioeconómicas asociadas a la exploración y explotación de hidrocarburos.

 

Por un lado, hubo una considerable inversión por concepto de regalías a los municipios y al departamento, por ejemplo, entre 1997 y 1999 el total de recursos recibidos fue de $268.662 millones, donde la mitad debía ser invertida en los sectores de salud, educación, agua potable, acueductos y alcantarillados, pero un informe de la Contraloría expresa que $66 mil millones fueron utilizados en otros proyectos no contemplados en la ley. [11] En el periodo de 2012 2020 la asignación de regalías superó los $4 billones de pesos; no obstante, el porcentaje anual era cada vez menor debido a la reforma del Sistema General de Regalías pasando de recibir el 50 % y actualmente el 20 %.

 

Por otro lado, la industria de hidrocarburos es una actividad económica que ha suscitado cambios sustanciales en el departamento. En el municipio de Yopal, por ejemplo, se evidencian en un aumento de la población del 113 % durante el periodo comprendido entre 1985 y 2016, crecimiento que es el doble al registrado en el país durante este mismo periodo [12] lo que obedece a población flotante que ha llegado a Casanare atraída por las oportunidades laborales de las compañías petroleras, entre las que se destaca Ecopetrol, Equión (antes  BP), Parex, Verano Energy, Cepsa, Hocol, Frontera Energy, Perenco y Geopark entre otras. A su vez, la industria ha influido en la ampliación de la oferta comercial para responder a las nuevas dinámicas del mercado y sobre todo la demanda de infraestructura, particularmente de servicios públicos.

 

En términos generales estas transformaciones económicas, sociales y ambientales fueron asumidas de manera diferencial por la sociedad civil, los funcionarios públicos, las organizaciones comunales, los empresarios, los comerciantes de modo que emergieron las voces de líderes que se han manifestado través de vías de hecho y haciendo uso de diferentes mecanismos de participación, siendo las consultas populares las de mayor predilección.

 

 

Contexto y alcance de consultas populares en el Casanare

 

Después de 22 años de explotación de hidrocarburos en este territorio, los taurameneros el 15 de diciembre de 2013 salieron a las urnas a ejercer su derecho de participación democrática a la consulta popular, iniciativa liderada por su alcalde Alexander Contreras.

 

La pregunta de la consulta popular en Tauramena dictaba lo siguiente: “¿Está usted de acuerdo con que se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria, producción y transporte de hidrocarburos, en las veredas San José, Monserrate Alto, Monserrate La Vega, Guafal del Caja, Bendiciones, Visinaca, Lagunitas, Aguamaco, Zambo, Oso y Jagüito, ¿dónde se ubica la zona de recarga hídrica del municipio de Tauramena?”. [13] Los resultados arrojaron un contundente “NO”, contando con 4.426 votos equivalentes al triple del porcentaje requerido por la ley en comparación con 151 votos a favor. De este modo, se logró determinar la prohibición de actividades de Ecopetrol, la cual a la fecha de la consulta contaba con aprobación por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) al proyecto denominado ODISEA 3D. Este bloque de prospección sísmica ya habría sido adjudicado para el 2009 y se encontraba suspendido por una medida cautelar tras una acción popular interpuesta en el 2010 [14], y cuyas actividades fueron retomadas en el 2013, impulsando así la consulta popular.

 

La anterior experiencia convierte a Tauramena en el pionero y referente regional y nacional en transitar del “dicho al hecho” en el ejercicio de consulta popular enfocada a proyectos de hidrocarburos.La percepción positiva por parte de la ciudadanía al ver que el mecanismo de participación fuese efectivo y surtiera efecto, animó a otros líderes a seguir los pasos.

 

En ese sentido del 2014 al 2018 se gestaron intenciones e iniciativas de consulta popular en otros municipios, a saber: Yopal, Monterrey, Tamara, Hato Corozal, Paz de Ariporo, Aguazul, Recetor, Chámeza, Nunchía, Pore, Villanueva, y Orocué sin surtir todo el proceso administrativo; [15,16] es decir, de trece iniciativas de consulta popular que cuestionan la industria extractiva, doce no lograron avanzar. Por eso es válido preguntarse: ¿Cuáles son los motivos que impidieron las consultas populares? ¿Acaso se trató de negligencia de los funcionarios, desconocimiento de los promotores, desistimiento por desgaste o conflicto de intereses internos? ¿Qué aprendizajes se pueden rescatar de la experiencia?

 

El segundo caso en el departamento fue Monterrey con el proyecto ODISEA 3D (el mismo que motivó la consulta en Tauramena) operado por Ecopetrol, la cual por iniciativa del ejecutivo convocaría a las ciudadanía mediante Decreto 013 del 3 de abril de 2014 a decidir acerca de la ejecución de proyectos de hidrocarburos en el municipio [17] con la pregunta: “¿Está usted de acuerdo con que se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria, producción y transporte de hidrocarburos en las veredas Cacical, Guayabal, Piñalera y Guadualito, donde se ubica la zona de recarga hídrica del municipio de Monterrey?”.  Este proceso fue suspendido por el Consejo de Estado debido a una debilidad en la justificación de la iniciativa según el abogado Luis Arturo Ramírez Roa, asesor y consultor legal de los comités promotores en los demás municipios entre estos Tauramena.

 

Ahora bien, tomando como referencia los diferentes pasos para alcanzar con éxito a convocar una consulta popular, además de los ejemplos mencionados, vale destacar que Hato Corozal junto con Támara fueron los casos que más avanzaron, mientras que Yopal, Paz de Ariporo y Aguazul no lograron mayores resultados.

 

Durante más de año y medio de esfuerzos, el municipio de Hato Corozal tuvo un avance significativo en su iniciativa ciudadana de consulta popular. En el 2018 logró superar la conformación de los comités, la recolección de firmas, la validación por parte de la Registraduría Nacional (cumpliendo y superando el mínimo requerido), recibió el concepto favorable del Concejo Municipal y reconocimiento de constitucionalidad por parte del Tribunal Administrativo de Casanare.

 

Lo anterior dio lugar a la convocatoria pública por parte del alcalde en la cual se preguntaba lo siguiente: “¿Está de acuerdo ciudadana (o) hatocorozaleño que, en la jurisdicción del Municipio de Hato Corozal, Casanare, se realicen actividades de sísmica, fracking, exploración, explotación y producción de hidrocarburos?” Pese a que dicho evento estaba convocado para realizarse en el mes de febrero de 2019 [18], no se llevó a cabo.

 

En igual medida, Támara inició el proceso de reconocimiento del comité promotor en mayo de 2017 y en septiembre de 2018 recibió la sentencia de constitucionalidad parte del Tribunal. Sin embargo, la consulta popular que preguntaba: ¿Está usted de acuerdo que, en el municipio de Támara, Casanare se ejecuten actividades de exploración, explotación y producción de hidrocarburos?, no pudo surtir efecto luego de que la Alcaldía incumpliera lo expuesto en las sentencias emitidas por el Contencioso Administrativo; es decir, que pese a tener conocimiento de ello por comunicado oficial de la misma entidad [19] nunca fue convocada.

 

Uno de los principales motivos que dificultó y frenó el proceso de la iniciativa de consulta popular en Támara, fue la falta de interés de la primera autoridad en apoyar esta actividad, tal como lo expresa Fernanda Claribeth Velandia, líder promotora de este mecanismo de participación en este territorio y actual concejal del municipio. Ella manifiesta que previo a iniciar el proceso como iniciativa ciudadana en el 2016 solicitaron junto con otros líderes al alcalde Fernando Mantilla Ebro, emprender esta iniciativa desde el ejecutivo, lo cual fue rechazado por el mandatario.

 

A finales del 2017, se hace saber a la administración los avances en la recolección de firmas y de nuevo se solicita respaldo al alcalde, quien en esta oportunidad da a conocer un comunicado del Ministerio de Hacienda informando sobre la no disponibilidad de recursos para estos procesos. Así las cosas, el comité en sesión ordinaria del Concejo logra la aprobación de un rubro de 15 millones para la ejecución de la consulta, aunque el mandatario no se manifiesta al respecto y no se logra continuar con la convocatoria de consulta popular.

 

A pesar de que las preguntas de las consultas populares en los dos anteriores municipios estaban dirigidas a limitar cualquier actividad relacionada con la industria de los hidrocarburos en las respectivas jurisdicciones, ya existía un proyecto que contaba con licencia ambiental y que era una de las razones que motivaron  las iniciativas. Por un lado, en Támara el proyecto Niscota operado por Equion Energía que retomó acercamiento con este territorio en el 2016 después de casi 6 años de distanciamiento tras los atentados de las antiguas FARC-EP en el 2010. Por otro lado, en Hato Corozal un proyecto en el Bloque Llanos 10 ejecutado por la compañía Parex Resources.

 

En cuanto a Yopal, Paz de Ariporo y Aguazul, quienes también iniciaron el proceso de consulta popular en el segundo semestre de 2017, tuvieron poco éxito en la fase de recolección de firmas, pese a presentar ante la Registraduría el doble de las requeridas, en su convalidación fueron anuladas por segunda vez, impidiendo alcanzar el mínimo requerido para cada uno de los municipios.

 

En el caso de Yopal quienes decidieron manifestarse por medio de este mecanismo luego de un plantón de 125 días a finales de 2016 a la multinacional Gran Tierra por las actividades de perforación exploratoria con licencia ambiental otorgada desde el 2009 a la empresa CEPCOLSA por el proyecto denominado Bloque el Portón [20], no lograron el mínimo de firmas requeridas que asciende a 10.557, quedando pendientes 84 firmas para alcanzar dicho umbral. En Paz de Ariporo a pesar de presentar más de 5.000 firmas, un poco más del doble necesario, hicieron falta 28 firmas válidas para continuar con el proceso. Finalmente, para el caso de Aguazul se recolectaron 1.230 firmas y eran necesarias 2.700 de ellas para continuar con el mecanismo.

 

Los principales errores que interfirieron en los procesos en estos últimos municipios, fueron: firmas de ciudadanos no inscritos para el censo electoral 2018 en los respectivos municipios, el diligenciamiento de los datos por personas diferentes a los suscriptores, información incompleta con relación a los nombres o número de cédulas, rúbricas diferentes a las registradas en el documento de identidad,  y tachones en algunos registros según las entrevistas realizadas para esta investigación, a los promotores de las consultas por cada uno de estos municipios.

 

A pesar de las justificaciones entregadas por la Registraduría para la invalidación de las firmas, llama especial atención que en el caso de Yopal, donde las consideradas no válidas en su mayoría,  corresponde a los líderes promotores de la consulta de quienes se esperaría ser los últimos en cometer errores en el formato, tal como lo expone Miguel Gaita promotor de la consulta  “Defendamos el medio ambiente y el agua para Yopal”, miembro de ASPEC y actual veedor laboral de la industria de hidrocarburos.

 

Con relación a los municipios de Chámeza, Recetor, Nunchía, Pore, Villanueva y Orocué, hubo líderes, en su mayoría comunales, con interés de promover las consultas populares en sus territorios, sin embargo las iniciativas no tuvieron acogida. Al indagar con José Radamel, presidente de Asojuntas del municipio de Pore, manifestó que no hubo interés por las comunidades en la iniciativa por desconocimiento legal y administrativo del proceso, así como los costos económicos que podría llegar a tener esta actividad.  

 

Si bien es posible identificar las dificultades presentes hasta la etapa alcanzada en cada uno de los procesos, los líderes de los comités coinciden en que otras barreras volvieron el mecanismo lento: en todos los casos se superó el año y medio a partir de la conformación de los comités, había desconocimiento normativo y procedimental, se volvían comunes las estrategias de la industria para persuadir con prebendas a líderes sociales, políticos y la comunidad en general durante el proceso de la iniciativa, se detectaba desistimiento de líderes por falta de resultados inmediatos y desmotivación en la consecución de recursos para el caso de las comunidades que requirieron de un abogado o por amenazas a la integridad tal como lo manifiesta un líder del municipio de Recetor quien por seguridad se abstiene de dar su nombre.

 

 

Casanare y la sentencias SU- 095 de 2018

 

El 29 de diciembre de 2018, el Concejo Municipal de Yopal dio concepto de conveniencia a la propuesta de consulta popular elevada por el entonces alcalde Leonardo Puentes quien mantuvo la pregunta planteada inicialmente por el proceso de iniciativa ciudadana culminado sin éxito meses atrás. Sin embargo, al presentarla al Tribunal Contencioso Administrativo este pronunció la iniciativa como inconstitucional bajo el marco de la sentencia SU-095 de 2018.

 

En el municipio de Paz de Ariporo, los promotores de la consulta tras la suspensión del ejercicio de iniciativa ciudadana por la invalidación de las firmas, se acercaron a la autoridad municipal con el objetivo de solicitar que elevará dicha intención desde el ejecutivo. Esto fue rechazado en el 2018 por el alcalde Fabio Vega, quien entre otros motivos expuso que había una inseguridad jurídica frente a su facultad para tomar una acción de esta índole.

 

Luis Arturo Ramírez considera que la SU -095 de 2018 es una sentencia de carácter político más no jurídico constitucional en la medida en que se constituye una sentencia que viola los principios de descentralización, autonomía territorial, participación ciudadana y soberanía popular, que desconoce y, de manera flagrante, anula sentencias, decretos, acuerdos y, por ende, una decisión soberana. “En Colombia no existen mecanismos que den cuenta de cómo se anula una decisión soberana. Es una sentencia que sólo busca proteger los intereses económicos de la industria multinacional petrolera” comenta.

 

Al indagar acerca de las mecanismos de incidencia por parte de la ciudadanía en proyectos minero energéticos a la luz de la sentencia SU-095 de 2018, Raimundo Córdoba González, actual Concejal de Paz de Ariporo por el Partido Alianza Verde, considera que se podría elevar una acción de inconstitucionalidad ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aunque ello pueda llegar a ser costoso y riesgoso en términos de relacionamiento con el orden nacional.

 

Por último, Luis Arturo Ramírez concluye que la SU-095 limita exclusivamente al ejecutivo de orden departamental y municipal para impulsar una consulta popular relacionada con el sector minero, por lo que la sociedad civil no vería restringida su posibilidad de gestar iniciativas ciudadanas, teniendo en cuenta que la ley 1557 de 2015 faculta tanto al ejecutivo como a la ciudadanía en forma colectiva a la promoción de consultas populares.

 

Es importante mencionar que actualmente se encuentra en proyecto de ley en el Senado de la República la iniciativa por medio de la cual se definen mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia entre la nación y los municipios para la concertación de proyectos de exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables. Esta iniciativa fue presentada en julio de 2019 y a la fecha no se ha desarrollado ningún debate para que curse el trámite [21].

 

¿Qué motivó las iniciativas de consulta popular?

 

Martín Ariza y Julio Molano, autores del texto “Del Extractivismo y otros Demonios” [22] recopilan las siguientes tensiones que posiblemente impulsarían las iniciativas de consulta popular debido al modelo extractivista petrolero de Colombia: el desplazamiento de las actividades productivas primarias, la activación de conflictos laborales por la participación o no de comunidades en los proyectos, la profundización de los problemas de tenencia de la tierra y desarrollo rural, y la violación de derechos humanos por la presencia de grupos armados no estatales con control territorial.

 

Sin estar lejos de las anteriores afirmaciones y partiendo de las posturas de los entrevistados como promotores de los comités de Támara, Yopal, Paz de Ariporo y Aguazul se identifican los siguientes motivos: primero, un rezago histórico de los impactos sociales y ambientales; segundo, conflictos recientes o latentes con compañías y proyectos específicos especialmente en temas de inversión, contratación laboral y de bienes y servicios, y tercero, conflictos potenciales asociados a las afectaciones geológicas, a la conservación ecosistémica y al sistema productivo actual.

 

Las motivaciones de los tamareños para adelantar la iniciativa de la consulta popular están asociadas al posible crecimiento poblacional, acelerado y desbordado en un municipio de 6.430 habitantes [23], sumado a que no cuenta con la infraestructura de servicios públicos, vivienda, salud y educación para atender este potencial fenómeno. Además, en palabras de Fernanda Claribeth Velandia, las afectaciones a los agricultores por sobrecostos que se pueda generar en los insumos, así como la pérdida de mano de obra para estas actividades y la agudización de la ya existente falla geológica Guaicaramo. De darse continuidad al proyecto, sería la primera vez que Támara tendría industria de hidrocarburos en la fase de perforación.

 

A diferencia de Támara, los demás municipios han tenido una estrecha historia vinculada a la industria de hidrocarburos por más de 10 años, razón por la que los promotores sustentan su voluntad de llevar a cabo las consultas populares basados en las afectaciones que derivan de la presencia de la industria como la prostitución, la drogadicción y la inseguridad, según mencionaron los entrevistados.

 

Otras posturas adjudican que la sísmica afecta directamente la disponibilidad de agua perjudicando el acceso al mismo recurso, esto soportado por la experiencia en Yopal donde Miguel Gaitán manifiesta que los acuíferos superficiales de la formación Guayabo se verían deteriorados, así como también lo menciona Luis Alberto Villamizar, vocero de la consulta popular en Paz de Ariporo considerando el impacto en los pozos saltantes de la vereda Brito Alto y El Muece.

 

Sumado a lo anterior, otras situaciones que han motivado la iniciativa están asociadas al no cumplimiento de compromisos por parte de las industrias, la poca confianza en el lenguaje técnico utilizado para convencer a las personas y el mal manejo de contratación de mano de obra, bienes y servicios. Así lo relata Mauricio González, promotor de la consulta popular “Por la dignidad del agua y la vida de los aguazuleños” y Presidente de Asojuntas de Aguazul.

 

 

Efectos en la organización comunitaria

 

Estas iniciativas podrían ser consideradas como procesos fallidos en tanto la posibilidad de decidir sobre el devenir de su territorio. Los líderes de los comités promotores de consultas populares en Casanare coinciden en que ganaron más de lo que perdieron. Por ejemplo, haber participado les ofreció conocimiento frente a la norma y herramientas para próximas ocasiones, lograron promover la cohesión social, fortalecieron estrategias de comunicación y  consolidaron un sentimiento de empoderamiento hacia su territorio.

 

En ese sentido, según lo manifestado por Fernanda Claribeth Velandia, pasar del “dicho al hecho” en el proceso de las iniciativas les permitió a los promotores y otros líderes alcanzar un nivel de compromiso y empoderamiento bastante significativo, dado que el haber generado este tipo de escenarios facilitó la unión y comunicación entre las comunidades. Esto a su vez les facilitó identificar habilidades y conocimientos propios y de otros, generar nuevos contactos al interior de la comunidad, con líderes de otros municipios y de nivel nacional.

 

“Nosotros no perdimos nada, ganamos muchísimo, lo aprendido nadie nos lo quita y las consultas siguen vivas, aún no se le ha quitado el poder al constituyente primario” afirma Mauricio González, quien coincide con los demás líderes en que uno de los logros más tangibles fue aprender de legislación y jurisprudencia, en especial de mecanismos de participación y control ciudadano como las veedurías, las acciones populares y las auditorías ciudadanas.

 

Luis Alberto Villamizar destaca dentro de los logros del proceso de Paz de Ariporo el interés despertado en niños y jóvenes sobre la capacidad de influir en decisiones de importancia local, consolidando así generaciones con conciencia ciudadana apropian  de la posibilidad de asumir un rol activo en el desarrollo de su región. A lo anterior se suma el reconocimiento y prestigio frente a la experiencia y conocimiento en procesos de consultas populares, temas ambientales, conocimientos acerca del desarrollo de proyectos petroleros, siendo tenidos en cuenta por comunidades de otras municipios para asesorías y consulta según Miguel Gaitán, líder del comité promotor de la iniciativa de consulta popular en Yopal para el proyecto El Portón de la compañía Gran Tierra.

 

Para futuros procesos, Luis Alberto Villamizar considera como aprendizaje el deber de agotar todos los esfuerzos para involucrar a la administración municipal en los procesos que se gestan desde la ciudadanía, pues “nos faltó a nosotros persuadir más”. Para este líder,  la voluntad y respaldo político reduciría en gran proporción las dificultades que se presenciaron.

 

En relación con la participación incipiente en otros procesos a raíz del ejercicio ciudadano, en Casanare se obtuvieron otro tipo de ganancias en términos de organización sociopolítica. En Támara se conformó la Asociación Dignidad por Támara  que a la fecha ha liderado iniciativas de tipo ambiental como sensibilización en el manejo de residuos y quemas, acompañamiento y asesoría en acueductos comunitarios. Aunque lo que más se puede resaltar,  es el surgimiento de liderazgos políticos con representación actual de tres líderes del proceso de iniciativa como concejales electos del municipio.

 

En Yopal,  como efecto del movimiento social se conformó la Asociación de Profesionales y Emprendedores de Casanare y la Veeduría por la Dignidad de los Trabajadores y Empresarios de Casanare. En los demás municipios aunque no se han conformado organizaciones nuevas, los entrevistados manifestaron en su totalidad que posterior al proceso de consulta en su respectivo municipio, se han reunido para evaluar alternativas frente a la última sentencia SU 095 de 2018,  que limita el accionar de las consultas populares en asuntos de hidrocarburos. Esto les ha permitido hacer seguimiento a los proyectos petroleros que son objeto de consultas e identificar otros mecanismos legales para la protección de los recursos naturales,  dentro de los que mencionan ordenanzas y acuerdos municipales, el hecho de participar activamente en espacios de ordenamiento territorial y manejo de cuencas hidrográficas. Así sucedió con Mauricio González,  quien motivado por el liderazgo adquirido, ahora pertenece al Consejo Territorial de Planeación de Aguazul.

 

Conclusiones

 

La presente investigación tuvo como propósito visibilizar las voces de los diferentes actores relacionados con las iniciativas de consulta popular hacia las actividades del sector de hidrocarburos en Casanare. En ese sentido es pertinente mencionar que se  buscó generar acercamiento con algunos representantes de las empresas de la industria de hidrocarburos que hicieron presencia en los diferentes municipios en el momento de las iniciativas de consulta, con alcaldes y exalcaldes de algunas ciudades y con representantes de las corporaciones de los concejos municipales, en especial para: conocer acerca de su postura frente a la SU-095 de 2018, avances en los  mecanismos de coordinación y concurrencia, de las alternativas para la incidencia de los entes territoriales en la realización de proyectos de hidrocarburos en su jurisdicción, así como las garantías y estrategias para  la participación de la ciudadanía.

 

No obstante lo anterior, no se logró una respuesta exitosa por parte de algunos actores por diversos factores: por un lado los profesionales de gestión social en campo ya no hacen parte de las empresas, las compañías ya no están en los territorios. Por otro lado, asociados a la crisis de la pandemia COVID-19 los mandatarios manifestaron no disponer de tiempo y  finalmente en el caso de los concejales se observó principalmente desconocimiento frente al tema y desinterés posponiendo e incumpliendo los momentos pactados para las entrevistas.

 

Teniendo en cuenta el aporte de la industria de hidrocarburos en Casanare al desarrollo de la economía local y nacional y el interés de los líderes en proteger áreas de importancia ambiental del territorio, es necesario lograr un acuerdo equilibrado entre ambas partes que contemple el reconocimiento de saberes y preocupaciones de los pobladores, así como la posibilidad de que él sector no se limite a lo estipulado en la norma cuando puede dialogar con las comunidades y construir consensos. En ese sentido, es fundamental que se consolide una perspectiva consciente e informada por parte de la ciudadanía interesada en hacer seguimiento y control a este tipo de proyectos para evitar caer en la trampa de manifestarse sin argumentos.

 

La alta dependencia del departamento a la industria de hidrocarburos, sumado a las preocupaciones manifestadas por los entrevistados, plantea un reto a futuro en cuanto a las oportunidades productivas que se requiere fortalecer y apoyar para cuando se haya excedido la capacidad extractiva del petróleo. Es así que se debe invertir en dejar capacidad instalada en el territorio para alternar o diversificar la fuente de ingresos, por lo que las administraciones municipales, departamentales y por supuesto el Gobierno Nacional cumple un rol fundamental a partir de las apuestas para el desarrollo del territorio.

 

Por otro lado, cabe aclarar que las iniciativas de consulta popular aquí ejemplificadas, ninguno se vio directamente afectado por la sentencia SU- 095 de 2018, aunque por unanimidad, los líderes de los comités entrevistados exponen que existió una actuación nacional malintencionada para entorpecer los procesos en connivencia con la Registraduría Nacional mientras salía dicho fallo. Además se adjudica a los intereses particulares asociados a la industria la falta de voluntad política de la mayoría de las administraciones locales en cuanto a los procesos gestados desde la ciudadanía para hacer valer el mecanismo de participación.

 

A pesar de que no se culminaron los procesos de consultas populares conforme se esperaba, los logros y los resultados del ejercicio ciudadano en Casanare, permite evidenciar un valor agregado en el surgimiento de nuevos liderazgos, el fortalecimiento de los existentes, la posibilidad de alcanzar incidencia en la esfera política, incluso un relevo generacional donde las personas están más preparadas para actuar conforme los mecanismos de participación lo permitan.


REFERENCIAS

 

[1] Ximena González, “Comunidades votaron en 10 consultas populares mineras desde el 2013”, 2019. https://www.larepublica.co/especiales/minas-y-energia-marzo-2019/comunidades-votaron-en-10-consultas-populares-mineras-desde-el-2013-2842036 

[2] Registraduría Nacional Del Estado Civil, “Histórico Consultas Populares”, 2020. https://www.registraduria.gov.co/-Historico-Consultas-populares-.html

[3] Constitución Política de Colombia, Artículo 332 “El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes” 1991.

[4] Corte Constitucional, Sentencia SU095/18

https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2018/SU095-18.htm

[5] Corte Constitucional, Sentencia C-053 del 2019

https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/C-053-19.htm

[6] Congreso de la República, Ley 136 de 1994

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=329

[7] Revista Semana, “Caño Limón, Cusiana y Cupiagua, los pozos que rescataron a Colombia”, 2018. https://www.semana.com/contenidos-editoriales/hidrocarburos-son-el-futuro/articulo/cano-limon-cusiana-y-cupiagua-los-pozos-que-rescataron-a-colombia/590050

[8] CORPES Orinoquía, “Petróleo y Desarrollo”, http://bdigital.unal.edu.co/7499/1/PETR%C3%93LEO_Y_DESARROLLO.pdf

[9] Revista Semana, “El 2024 será un año crítico para Colombia”, 2020. https://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/10550/DuranLeon-Gabriela-2015.pdf;jsessionid=17D1CC48F4BD07AE679B5213A2345B10?sequence=3

[10] Astrid Martínez y Martha Delgado, “Estudio sobre el impacto de la actividad petrolera en las regiones de Colombia – Caracterización departamental Casanare”, 2018. https://repository.fedesarrollo.org.co/handle/11445/3619 

[11] Ministerio de Comercio, “Perfiles Económicos Departamentales”, http://www.mincit.gov.co/getattachment/60551a37-011a-4295-b8f1-c6b21d272066/Casanare.aspx 

[12] Periódico El Tiempo, Casanare Desvío Uso de Regalías”, 2000. https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1304398

[13] Astrid Martínez y Martha Delgado, “Estudio sobre el impacto de la actividad petrolera en las regiones de Colombia – Caracterización departamental Casanare”, 2018. https://repository.fedesarrollo.org.co/handle/11445/3619 

[14] Registraduría Nacional del Estado Civil, “Histórico consultas populares”, https://www.registraduria.gov.co/-Consulta-popular-.html 

[15] Revista Semillas, “La Odisea que Genera La Consulta Popular de Tauramena Casanare”,2018. http://www.semillas.org.co/es/la-odisea-que-origin-la-consulta-popular-de-tauramena-casanare

[16] César Rodríguez Garavito, “El agua y la procuraduría”, El Espectador, 2014. https://www.elespectador.com/opinion/el-agua-y-la-procuraduria-columna-485517 

[17] RCN Radio, “Nueve consultas populares petroleras se promueven en el Casanare”, 2017. https://www.rcnradio.com/colombia/region-central/nueve-consultas-populares-petroleras-se-promueven-casanare 

[18] Registraduría Nacional del Estado Civil, “Registraduría realizó sorteo de los 109 Jurados que prestarán su servicio durante la consulta popular de Monterrey Casanare “, 2020. https://www.registraduria.gov.co/Registraduria-realizara-sorteo-de,13293.html

[19] Violeta Stereo “Se convoca a consulta popular en Hato Corozal”, 2018. https://www.violetastereo.com/wp/se-convoca-consulta-popular-en-hato-corozal/ 

[20] Alcaldía Municipal de Támara, Casanare “Comunicado Oficial”, http://tamaracasanare.micolombiadigital.gov.co/sites/tamaracasanare/content/files/000062/3077_comunicado-oficial-fallo-consulta-popular-tamara.pdf

[21] Senado de la República, Proyecto de ley “por medio de la cual se definen mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia entre la nación y los municipios para la concertación de proyectos de exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables” 2019 http://leyes.senado.gov.co/proyectos/index.php/proyectos-ley/cuatrenio-2018-2022/2019-2020/article/52-por-medio-de-la-cual-se-definen-mecanismos-de-participacion-ciudadana-e-instrumentos-de-coordinacion-y-concurrencia-entre-la-nacion-y-los-municipios-para-la-concertacion-de-proyectos-de-exploracion-y-explotacion-del-subsuelo-y-de-recursos-naturales-no-renovables

[22] Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial, “Resolución número (0504) Del 13 de marzo de 2009 “, 2009. http://portal.anla.gov.co/sites/default/files/res_0504_130309.pdf

[23] Julio Molano y Martin Ariza, “Del extractivismo y otros demonios”, 2019. https://repository.usta.edu.co/bitstream/handle/11634/17594/2019JulioMolano.pdf?sequence=7&isAllowed=y 

[24] Municipio.com.co, “El Municipio de Támara”, 2020. https://www.municipio.com.co/municipio-tamara.html