¿POR QUÉ NO AVANZA EL NUEVO PLAN DE ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE EN NARIÑO?

Por: Elizabeth Perea

 

Introducción

 

El Ministerio de Minas y Energía tiene la función de distribuir el combustible en las Zonas de Frontera, tal y como lo establece el Artículo 9° de la Ley 1430 de 2010. Esta misión comprende las actividades de: importación, transporte, almacenamiento, distribución (mayorista, minorista y tercero) de los productos líquidos derivados del petróleo en los municipios, corregimientos especiales de los departamentos fronterizos, colindantes con los límites de la República de Colombia, y aquéllos en cuyas actividades económicas y sociales se advierte la influencia directa del fenómeno fronterizo.

 

Dicho rol puede ser ejercido directa y autónomamente por MinMinas o ser cedido o contratado total o parcialmente, con las distribuidoras mayoristas autorizadas con capacidad logística, técnica e interés comercial por la distribución de combustibles de manera eficiente. Asimismo, esta cesión se efectúa mediante los Planes de Abastecimiento, donde se detalla la cadena de suministro, es decir, refinerías de importación, plantas de abasto mayoristas y rutas de transporte a seguir para llevar el combustible al destino final.

 

Nariño, al ser zona de frontera posee tradicionalmente un suministro de combustible que va desde la Refinería de Barrancabermeja (Santander), pasando por el poliducto hasta la planta de abastecimiento en Yumbo (Valle del Cauca), y posteriormente es transportado por carrotanques hacia las Estaciones de Servicio Automotriz, EDS. Siendo la Distribuidora Andina de Combustibles (Esso, Mobil); Chevron-Texaco; Terpel, Biomax y Petromil, las seis distribuidoras que se encuentran en el departamento.

 

Sin embargo, MinMinas realizó una modificación en el plan de abastecimiento de combustible al incluir a la planta mayorista de Petróleos y Derivados de Colombia S.A, ubicada en el puerto de Tumaco (Nariño), afirmando que con esto se genera una disminución en los tiempos de distribución, costos de transporte y permitiría afrontar el desabastecimiento de gasolina y ACPM que se presenta cada fin de mes en el departamento.

 

Lo anterior ocasionó que Adiconar, agremiación de carácter privado, sin ánimo de lucro e índole social, que hace parte de Fendipetrol Nacional; interpuso  demandas individuales junto a sus afiliados para evitar la utilización de esta planta como distribuidora mayorista, asegurando que se genera un monopolio en el negocio y que las condiciones tanto de infraestructura vial, seguridad, crisis del sector, entre otros, no permiten el ejercicio eficiente de esta.

 

Por lo anterior, esta investigación presenta un panorama general de los acontecimientos que se presentaron en torno a la puesta en marcha del nuevo plan de abastecimiento de combustible en Nariño, lo que implica un análisis de la normatividad, impactos de la nueva cadena de suministro, justificaciones y opiniones de los actores implicados en el proceso. Finalmente, se entregan algunas conclusiones y recomendaciones.

 

Carácter normativo del esquema de transición del plan de abastecimiento combustible

 

 

MinMinas, tiene a su cargo la regulación y coordinación de las actividades de combustibles, por ende, establece los planes de abastecimiento señalando tanto los esquemas regulatorios como tarifarios que permitan el ejercicio de lo establecido en el artículo 9° de la Ley 1430 de 2010, así como los programas de reconversión socio laborales para aquellas personas que ejercen la distribución y asignar los volúmenes máximos a ser comercializados en las zonas de frontera, de conformidad con el numeral 12 del artículo 15 del Decreto 381 de 2012 [1].

 

Conforme con lo anterior, la Resolución 124101 de 23 de abril de 2007, aprobó el Plan de abastecimiento para la distribución de combustibles importados o producidos en el país en los municipios y corregimientos fronterizos de Nariño, el cual rige para los comercializadores minoristas de las EDS ubicadas en los municipios de la zona de frontera [2].

 

Con la construcción en Sociedad Portuaria Regional, operada por Tumaco Pacific Port, de una nueva planta de abasto mayorista, dirigida por la Sociedad Petróleos y Derivados de Colombia S.A., la Dirección de Hidrocarburos de MinMinas autorizó mediante la Resolución 31 787 del 27 de septiembre de 2017, a la empresa nariñense Petrodecol S.A, como distribuidor mayorista de combustibles [3].

 

Posteriormente, Petrodecol solicitó al Ministerio la modificación del plan de abastecimiento del departamento y la prelación de la distribución mayorista de combustible líquido, evidenciando las condiciones requeridas para dicha labor.  Razón por la cual, con la Resolución 311031 de 2017 (31117 de 2018 y 31524 de 2018)  se realizó la actualización de dicho plan de acuerdo con la solicitud presentada por la entidad y se dispuso a dar un orden de prioridad a través de la planta debido al cumplimiento de las condiciones señaladas en el Decreto 1073 de 2015, ratificando una secuencia de preferencia, a las plantas de suministro ubicadas en el departamento fronterizo y, en segundo lugar, a las plantas ubicadas en los departamentos vecinos que cuenten con las características establecidas en la Ley 1430 de 2010 [4][5].

 

Situación que va de la mano con lo estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 Todos por un Nuevo País, que estableció dentro de su Plan Operativo de Inversiones la iniciativa regional de “El almacenamiento y distribución mayorista de biocombustible en Tumaco con participación privada en el Departamento de Nariño” [6].

 

No obstante, mediante el ejercicio de la acción popular Carlos Efraín Santacruz Moreno, ex candidato a la gobernación de Nariño para el periodo 2020 – 2023, interpuso una demanda ante el Tribunal Administrativo de Nariño en el 2018, contra el Ministerio de Minas y Energía, la Superintendencia de Industria y Comercio y Petrodecol, afirmando que la normatividad que rige esta decisión vulnera los derechos colectivos, por ende, la suspensión provisional de las resoluciones señaladas era necesaria. Por esta razón, la sala mixta de decisión del Tribunal resolvió: “decretar la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la Resolución 311031 de 2017 y sus modificatorias 31117 y 31524 de 2018, proferidas por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía”.

 

Pese a lo anterior, la Dirección de Hidrocarburos, mediante la Resolución 31013 del 18 de enero de 2019, decidió incluir a Petrodecol en el plan de abastecimiento de Nariño para llevar a cabo la distribución de gasolina motor, gasolina motor-oxigenada, ACPM, ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel, de origen nacional o importado, pese a la decisión del Tribunal Administrativo [7]. De igual manera, estableció los municipios en los cuales el agente puede desarrollar su actividad, mediante la agrupación de cinco zonas (Resolución 40702 de 2019), agrupando municipios de acuerdo con su destino, es decir, la ubicación de las plantas y sus características geográficas, definiendo para el primer orden de prelación las siguientes regiones [8]:  

 

Tabla No. 1. Municipios por zona de destino
Municipio Zona Consumo (galones) Tiempo de distribución desde la planta Número de EDS
Barbacoas Z1  

 

 

 

 

2’019.872

3 h 16 min  

 

 

 

 

325

El Charco Z1 2 h 16 min
Francisco Pizarro Z1 1 h 38 min
La Tola Z1 1 h 58 min
Magüí Z1 7 h 40 min
Mosquera Z1 2 h 26 min
Olaya Herrera Z1 6 h 13 min
Roberto Payán Z1 2 h 50 min
San Andrés de Tumaco Z1 22 min
Santa Barbara Z1 6 h 19 min
Mallama Z2 102.098

 

2 h 59 min 7
Ricaurte Z2 2 h 36 min
Aldana Z3  

1’796.639

4 h 10 min  

66

Contadero Z3 5 h 2 min
Córdoba Z3 5 h 16 min
Cuaspud Z3 4 h 24 min
Cumbal Z3 4 h 6 min
Funes Z3 4 h 53 min
Guachucal Z3 3 h 52 min
Guaitarilla Z3 4 h 44 min
Gualmatán Z3 5 h 6 min
Iles Z3 5 h 6 min
Imues Z3 4 h 21 min
Ipiales Z3 4 h 34 min
Ospina Z3 4 h 23 min
Potosí Z3 4 h 53 min
Puerres Z3 5 h 9 min
Pupiales Z3 4 h 38 min
Sapuyes Z3 3 h 56 min
Tuquerres Z3 3 h 43 min

Fuente. Elaboración propia con base en información de Ministerio de Minas y Energía.

 

 

De igual manera, el Parágrafo 2 de dicha resolución contempla la posibilidad de que los distribuidores minoristas de la región puedan abastecerse de las plantas de suministro ubicadas en los departamentos vecinos, siempre y cuando la de Tumaco no cuente con la capacidad operativa y logística suficiente para atender la demanda de combustible en estación, lo que podría perjudicar el precio al consumidor final [9].

 

Acto seguido, el 12 de diciembre de 2019, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, revocó la decisión del Tribunal Administrativo de Nariño que impuso la medida cautelar, por considerar que los actos administrativos demandados no vulneran derechos colectivos; del mismo modo, expone que no se generan cambios en los precios de venta al público debido a la compensación de transporte terrestre de combustible (subsidio) de forma igualitaria, buscando que no se genere una afectación al usuario final.

 

En otras palabras, Nariño contará con dos opciones logísticas para el suministro de combustibles: 1) desde la Refinería de Barrancabermeja (Santander) hasta Yumbo (Valle del Cauca), por poliducto, y de ahí por carrotanque hasta su destino final y 2) partiendo de la Refinería de Cartagena, por transporte marítimo, hasta la nueva planta de abastecimiento en Tumaco.

 

A corte del 2 de abril del 2020 el Ministerio de Minas y Energía registró que la planta de Tumaco posee una capacidad de almacenamiento para seis tanques: un tanque (Tanque 101) de 928 743 galones (gls) para gasolina motor corriente; 1 tanque (Tanque 106) de 117 567 gls para alcohol carburante; un tanque (Tanque 108) de 118 328 gls para gasolina motor extra; dos  tanques (Tanque 102 y Tanque 201) de 629.266 gls y 463.719 gls, respectivamente, para diésel y un tanque (Tanque 207) de 117 136 gls para almacenamiento de biodiesel [10].

 

La Memoria Justificativa elaborada por MinMinas afirmó que la planta cuenta con la capacidad para abastecer aproximadamente el 52 % de la gasolina motor y el 100 % de diésel. Teóricamente la planta abarcar cerca del 75 % de la demanda del departamento que a la fecha es de 7,4 millones de galones al mes. En este punto cabe señalar que la normatividad vigente requiere que el distribuidor mayorista cuente con una capacidad mínima de almacenamiento del 30 % de su mercado potencial del departamento; de igual manera, “debe tener la capacidad de abastecer la totalidad del consumo promedio mensual del o los respectivos distribuidores minoristas que le fueron asignados, durante el periodo de tiempo de vigencia del plan de abastecimiento” [11].

 

La Coordinación del Grupo de Proyectos Especiales de la Dirección de Hidrocarburos expresó que la distribución de combustible en Nariño que se lleva a cabo desde los departamentos del Cauca y Valle del Cauca tiene un tiempo de desplazamiento desde la planta de Yumbo al puesto de control de aproximadamente una día y de 12 – 24 horas adicionales hacia los municipios de la zona costera del departamento: Tumaco, Santa Bárbara, Roberto Payán, Barbacoas, La Tola, El Charco, Olaya Herrera, Mosquera, Francisco Pizarro y Magüí Payán. Mientras que, con el nuevo plan de abastecimiento el tiempo promedio de distribución hacia estos destinos es de 3 horas y media (Ver Tabla No. 1), lo que demuestra una disminución en el tiempo desde el punto de origen hasta el punto de destino [12].

 

De igual manera, expuso que los municipios antes mencionados se han visto afectados por atentados a la infraestructura eléctrica por parte de los grupos al margen de la Ley que se encuentran en el territorio. Situación que deriva en u aumento del consumo de combustible líquido dada la necesidad de gasolina y ACPM para el funcionamiento de las plantas eléctricas móviles que permiten tener disponibilidad eléctrica [13].

 

¿Y la opinión de los actores?

 

 

Con el ánimo de dar a conocer la intención de modificar el punto central de distribución de combustible, MinMinas abrió al público un foro virtual el 8 de abril del 2020, sobre el esquema de transición en relación con el plan de abastecimiento de combustible de Nariño [14]. Este reunió las opiniones de actores como: Adiconar Fendipetrol, Terpel, Servicentro Oquendo, Centro de Servicios San Francisco Pupiales, Combustibles La Y, Estación De Combustibles Municipio De Iles, entre otros implicados en esta iniciativa, afirmando que:

 

  1. Julio Efraín Chamarro, de la estación de servicio Los Chilcos en Ipiales, manifiesta que la infraestructura de la planta, capacidad real operativa y malla vial no son adecuadas. Se expone que el tiempo de vida útil de los tanques está llegando a su fin, considerando que hace más de dos décadas fueron empleados para el almacenamiento de aceite de palma. Sumado a ello afirman que la red vial no podría soportar el tráfico diario de tractocamiones y carrotanques, ya que solo existe una única vía que cruza las islas que conforman el municipio y esto traería consigo colapsos o represamientos.

 

  1. Jaime Gustavo Ortega Cháves, representante legal de la Cooperativa Supertaxis de Ipiales, manifiesta que el orden público y los hechos de violencia que azotan no solo al municipio, sino también a las regiones aledañas, por donde tendrían que transitar los automotores es uno de los principales problemas. Sumado a los atentados contra la industria petrolera por parte de grupos armados no estatales, los cuales buscan entre otras cosas, abastecerse de combustible o emplearlo para la fabricación de narcóticos.

 

 Actividades ilegales que según los Pulsos Petroleros de 2019 y 2020 elaborados por Crudo Transparente, han tenido una disminución de aproximadamente el 10 % [15] y, esto gracias a las restricciones impuestas por el Gobierno para disminuir la oferta de estas sustancias, como son: el fortalecimiento constante de la inteligencia policial para entender la dinámica del fenómeno; segundo, la disposición de un canal de policía judicial junto con la Fiscalía, para judicializar a los responsables y tercero, la permanencia en los puestos estratégicos de control para impedir el paso ilegal del combustible [16]. Por el contrario, incrementan la demanda inelástica por parte de los productores, convirtiendo en posibles víctimas a los transportadores de combustibles por las acciones de estos grupos quienes pueden cobrar peajes ilegales o cuotas para permitir el paso de estos.

 

  1. Carlos Arturo Villota Vela, administrador del Grupo Byza S.A.S, expone que la modificación en las condiciones de entrega del combustible afecta su nivel, partiendo del hecho de que la carga de combustible que se realizaba desde la planta de abastecimiento de Yumbo, a una temperatura de 74 ° Fahrenheit, ahora se realizaría a 81° Fahrenheit, ocasionando una contracción volumétrica y consigo pérdidas económicas considerables sobre todo para aquellas regiones que se encuentran a mayor altitud sobre el nivel del mar.

 

  1. Carlos Arturo Villota Cuaspus, administrador de la Cooperativa de Transportes de Carlosama, manifestó que no se presentó el análisis técnico empleado para seleccionar a los municipios de cada zona más allá del reconocimiento de compensación de transporte para el departamento, el cual fue utilizado como referencia para dicha selección. Héctor Hernando Ruano, representante legal de la EDS de Oquendo, solicita que se presente un estudio donde se evidencien las condiciones logísticas, técnicas y económicas del nuevo distribuidor mayorista, con aras de comparar ambas plantas y poder tomar una decisión final.

 

  1. Julio Efraín Chamarro, de la estación de servicio Los Chilcos en Ipiales, expone que no se plasmó el procedimiento para activar las plantas de abastecimiento en segundo orden de prelación, en caso tal de que el suministro mediante el distribuidor mayorista no se cumpla a cabalidad; esto con el ánimo de garantizar y fomentar la libre competencia y los efectos que esta figura trae consigo.

 

 6. Los participantes del foro aseguran que se requiere detallar las condiciones de sanidad, operativas, el riesgo ambiental, así como la relación distancia- consumo de los municipios nariñenses contemplados en la resolución. Información que debe ser actualizada para poder determinar la distribución adecuada de las zonas de acuerdo con la planta de abasto.

 

Por último, se sugiere que los costos de transportes tendrán un comportamiento negativo. De igual manera, “en las consideraciones del Artículo 2 de la Resolución en cuestión, se establece la implementación de un mecanismo de asignación de los valores a reconocer para efectos de la compensación de transporte terrestre de combustibles líquidos en el Departamento de Nariño (Artículo 267 de la ley 1955 de 2019), los cuales también variaron negativamente con este proyecto de Resolución”.

 

Notablemente, existe un inconformismo por parte de los minoritas de la Sierra del departamento, ante algunos aspectos que a la fecha generan incertidumbre y que no han sido resueltas por el Ministerio ni por Petrodecol. En primera instancia, desde el puerto de Tumaco se realizan aproximadamente 780 viajes entre sencillo, dobletroque y tractomulas. Pese a ello, se percibe una carencia para atender los vehículos de carga considerando que la infraestructura no está en óptimas condiciones, de la mano con esto, la empresa posee un arrendamiento sobre propiedad en un espacio muy reducido y esto limita su campo de acción.

 

Lo anterior genera dificultades de logística, ya que Petrodecol cuenta con un tanque para cada producto, lo que ocasiona demoras al momento de ser despachado. Por ejemplo, si llegaran dos carrotanques al tiempo uno para llenado y otro de vacío, no existe la posibilidad de trabajar a tiempo debido a la organización o distribución de sus tanques. Esta situación fue notoria en la Minga indígena que conllevó al cierre de loa vía Panamericana en el trayecto Cali – Pasto y, ocasionó que no se llevara a cabo el suministro de combustible desde Yumbo y, por el contrario, se recurriera a la planta de Petrodecol que para esa fecha tenía dos años de estar en funcionamiento. No obstante, la planta no pudo responder al total de la demanda de combustible, puesto que realizó el cargue de gasolina y ACPM por debajo del 40 % de la capacidad total transportable en carrotanques tipo tractocamiones y camiones que acudieron abastecerse a dicha planta; afirmando que las dificultades fueron responsabilidad de Ecopetrol.

 

Por otra parte, el municipio ha sido epicentro de hechos de violencia albergando a grupos armados no estatales como las disidencias de las extintas Farc-EP, ELN, paramilitares, contadores, Atunes, Mexicanos, entre otros. Quienes delinquen y atacan tanto a los trabajadores como a la infraestructura petrolera. Según un líder social de Tumaco, a quien por motivos de seguridad se le llamará Fabian, “En el 2019 asesinaron a cuatro transportadores de combustible porque el propietario de la planta de servicio decidió no pagar vacuna”. En ese punto es importante resaltar que el derecho a la vida prima sobre el derecho a realizar una actividad comercial. Por esta razón, desde Crudo Transparente rechazamos no solo el uso de armas, sino también la violencia abierta y no abandonaremos nuestra apuesta por la transparencia informativa, el diálogo y la concertación pacífica.

 

Con relación a la contracción y evaporación del combustible mencionada anteriormente, Javier Meza, comerciante de la zona y conocedor del manejo del suministro de combustible, le expone a Crudo Transparente la importancia de aclarar que el combustible se carga en netos, es decir en masa y así es transportado en los buques. Esto conlleva a una evaporación marítima, la cual es cobijada por el Gobierno Nacional, mediante Decreto 3322 de septiembre 25 de 2006, por el cual se reglamenta la Ley 26 de 1989 y establece en el Artículo 4°que la pérdida por evaporación y merma por transporte, manejo y trasiego de los combustibles se fijó en el 0,4 % del precio de venta en la planta de abasto mayorista en las diferentes zonas del país [17]. En cuanto a la contracción volumétrica, este es un comportamiento normal, considerando que la masa se expande o se contrae, pero sigue siendo masa; por ende, para Meza exponer la contracción volumétrica como un problema no tiene fundamento.

 

En cuanto al precio del combustible, por cada galón transportado se cancelan 430 pesos de subsidio, lo que representa cerca de 118 000 millones de pesos al año. Esta compensación se da desde la cola del poliducto en Yumbo, hasta Pasto (vía terrestre); pero al transportar vía marítima se pierde, por ende, es necesario que esta se sume al valor del flete marítimo para garantizar dicha compensación. Según Fabian, el combustible inicialmente iba a ser cargado desde el puerto de Buenaventura, que se encuentra a un poco más de 5 horas en barco, pero el Gobierno les exigió que fuera transportado desde Cartagena (Reficar), lo que genera un incremento de los precios de traslado.

 

Es pertinente manifestar que la prelación para el suministro de los derivados líquidos del petróleo ha existido desde hace más de 25 años. Esta obliga a que las EDS abastezcan una planta mayorista, en este caso, Petrodecol, que cuenta con licencia para entrar a operar en las tres zonas del departamento: Costa pacífica, Piedemonte costero y zona sur (Ipiales y la provincia de Obando). Esta empresa tiene derecho a ser priorizada, un ejemplo claro se presenta en el Putumayo, donde todas las estaciones de servicio automotriz pertenecen a Terpel. Para el caso de Nariño, se está dando la oportunidad de emplear otras mayoristas que se encuentren en el segundo orden de prelación, siempre y cuando no se quisiese emplear la planta de Tumaco.

 

Debe mencionarse que mediante entrevista con Crudo Transparente, Mario Andrés Guevara, gerente general de Petronar S.A, empresa enfocada en el almacenamiento, comercialización y distribución de productos derivados del petróleo en el departamento, la cual cuenta con una planta ubicada en el municipio de Chachagüí, en el sector de Cano Bajo, con una capacidad de 66 000 barriles [18], manifiesta que están aunando esfuerzos para convertirse en un almacenador y mayorista, es decir, brindarán la opción de arrendar a cualquier mayorista que quiera continuar o entrar al mercado de Nariño , funcionando como un complemento para la planta que cuente con la prelación, teniendo como mercado objetivo a los municipios de la Sierra. Lo anterior, permite eliminar la monopolización y promover la libre competencia, que es una de las principales preocupaciones.

 

En relación con este tema, la empresa Adiconar Fendipetróleo, encargada de la representación gremial de los distribuidores minoristas de combustible líquidos y derivados del petróleo de Nariño [19], ha sido muy crítica sobre las labores desarrolladas por Petronar y Petrodecol, interponiendo acciones populares, como la ejecutada contra la Resolución 31100 que reglamenta el plan de abastecimiento, la cual prosperó fallando en contra de esta última. Para algunos presidentes de juntas de acción comunal de la región, quienes se abstienen de dar sus nombres, afirman que esta entidad tiene intereses particulares en el transporte de combustible y en la libertad y manejo que le pueden dar, teniendo en cuenta el diferencial de precios que existente entre el Valle del Cauca y Tumaco.

 

La otra cara de la moneda

 

 

Raúl Araujo, director de competitividad y productividad empresarial de la Cámara de Comercio de Tumaco, en entrevista con Crudo Transparente, expresó que las ciudades en el mundo con mayor potencial de competitividad son las costeras y en esta oportunidad Tumaco tiene la opción de apalancar el crecimiento económico del departamento y que no se está analizando por la desunión y el desarraigo que tienen los Nariñenses, específicamente en la Sierra.

 

En cuanto a las desventajas que se exponen, Araujo considera que son trabas para impedir que los recursos vayan hacia regiones rezagadas como Tumaco. Para él, esto es una oportunidad de inversión que puede contribuir a mejorar en temas de competitividad, interconexión vial, entre otros. También afirma que existe una oportunidad con el corredor internacional Espriella y río Mataje con la posibilidad de estar a dos horas y media de Esmeraldas (Ecuador).  A través del programa “Somos Futuro” del Estado se pretende construir la primera zona franca PDE en el corredor internacional, un espacio con mejoras tributarias para las empresas que se organicen allí. Para Araujo, las últimas administraciones desconocen el potencial del municipio pese a su ubicación estratégica y las oportunidades que representan a nivel departamental.

 

Imagen No.1 Rutas marítimas directas y con conexión desde San Andrés de Tumaco

Fuente. TPP Tumaco Pacific Port.

 

Petrodecol de la mano con Tumaco Pacific Port, TPP, exponen que algunos de los beneficios de optar por el nuevo plan de abastecimiento de combustible desde la planta de Tumaco es el desarrollo regional mediante la ejecución de proyectos a nivel local que mejoran la calidad de vida de las regiones rezagadas del departamento. Algunas iniciativas tienen relación con los incentivos para la producción de palma y cacao mediante la agroindustria; alianzas estratégicas como la establecida con  la Cámara de Confecciones de Colombia, Prosperidad Social, La Unidad de Víctimas, el Sena, la Alcaldía de Tumaco, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Trabajo, Organizaciones solidarias y el Servicio de Empleo, lideraron una APP para avanzar en un proyecto que capacita anualmente a más de 600 mujeres en confección.

 

De igual manera, manifiestan su intención de dinamizar el puerto para mejorar el ingreso de las embarcaciones, así como un incremento del volumen de servicios marítimos para impulsar el sector pesquero, las exportaciones de la frontera agrícola y el suministro de combustible. Dentro de la industria petrolera, tienen pensada la construcción de una planta de almacenamiento de Gas Propano, que ayudaría a impulsar la canasta energética del departamento.

 

Crudo Transparente tuvo la oportunidad de recorrer algunas de las estaciones de servicio automotriz que se encuentran en las zonas señaladas para abastecerse de la planta de Tumaco. Algunos funcionarios afirmaron que durante junio del 2020 se evidenció una disminución de cerca del 10 % en el precio del consumidor final, lo que trajo consigo una buena acogida por parte de los Nariñenses, quienes a su vez señalan que el tiempo de despacho de combustible presenta una reducción considerable representando disminución de costos. Camila Ramos, habitante de la comunidad de Tumaco y consumidora frecuente de la gasolina corriente que ofrecen las EDS ubicadas entre Pasto y Tumaco, considera que el nuevo esquema de distribución trae beneficios para el consumidor final partiendo por la reducción del precio y de la oportunidad de generar inversión social desde otros sectores económicos distinto al agrícola que es la fuente principal de recursos de los nariñenses.

 

Conclusiones

 

 

Está claro que Nariño requiere mejoras en materia de diversificación de las fuentes de suministro de combustible, junto a estrategias que incrementen la confiabilidad del proceso. Para ello, debe desarrollar estrategias que permitan resolver los problemas relacionados con el sector petrolero, como el desabastecimiento de combustible que se presenta cada fin de mes y que, a su vez, posee nexos con actividades ilegales como la fabricación de cocaína. Para así, elegir las plantas de abasto de acuerdo con los picos de consumo de productos líquidos derivados del petróleo en el departamento.

 

El proyecto de resolución presentado MinMinas, que entre otros objetivos pretende resolver las problemáticas ya descritas, ha sido fuertemente criticado por los distribuidores minoritas de combustibles que tienen como representante gremial a Adiconar, quienes afirman que existe una violación de derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa, libre competencia económica y competitividad, debido al otorgamiento del primer orden de prelación a Petrodecol, lo que para ellos se traduce en una monopolización y un impedimento para realizar contratos de suministro de combustible con un mayorista diferente.

 

De igual manera, manifiestan el desconocimiento de factores que afectan la prestación del servicio como la infraestructura, los actores armados no estatales que podrían exigir el pago de peajes ilegales, los niveles de temperatura, el incremento del precio al consumidor final, la pérdida del subsidio al transporte, entre otros, los cuales podrían afectar la prestación eficiente del servicio.

 

Por su parte, los partidarios del nuevo plan de abastecimiento consideran que las falencias expuestas por los minoristas ubicados en la Sierra del departamento no tienen fundamento alguno y, por el contrario, desconocen la oportunidad de generar desarrollo regional en las zonas más rezagadas de Nariño.

 

Pese a lo anterior, hay una falta de cooperación por parte del Ministerio y Petrodecol, para resolver las inquietudes en torno a aspectos como los mecanismos de selección de municipios por zonas para realizar la carga de combustible; el impacto del orden público en las carreteras desde Tumaco hasta Pasto; los estudios que demuestran las condiciones técnicas y logísticas de la planta, entre otros aspectos. Todo lo anterior, permitiría eliminar las conjeturas que se crean en torno a esta decisión y con ello, lograr una posición con base en información verídica y confortable.

 

Finalmente, es importante promover la unión entre las distintas zonas nariñenses para contribuir en la consolidación de estas, evitando que el progreso se forje hacia los territorios que históricamente han recibido un aporte mayor por parte de las administraciones. De igual manera, es relevante permitir la participación articulada de empresas que cuenten con la capacidad para desempeñar este tipo de labores, considerando las necesidades que aquejan a territorio y las oportunidades que traen consigo.

 

Bibliografía

 

 

[1] Presidencia de la República de Colombia. (16 de febrero de 2012). Decreto 381 de 2012. Obtenido de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=66321  

[2] Ministerio de Minas y Energía. (24 de abril de 2009). La Resolución 124101 de 23 de abril de 2007. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10180//23517//36307-Resolucion-124164-24Abr2009.pdf 

[3] Ministerio de Minas y Energía. (15 de mayo de 2020). Resolución 31 787 del 27 de septiembre de 2017. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10180/23517/48556-RESOL_31323_TransicionNarin%25CC%2583o.pdf

[4] Ministerio de Minas y Energía. (27 de junio de 2018). Resolución 311031 de 2017. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10180//23517//48488-Resoluci%C3%B3n+No.+31+524+de+27+de+junio+de+2018+-+Segunda+Modificatoria.pdf

[5] Presidencia de la República de Colombia. (26 de mayo de 2015). Decreto 1073 de 2015. Obtenido de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77887

[6] El Congreso de la República de Colombia. (9 de junio de 2015). Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018. Obtenido de https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Normograma/Ley%201753%20de%202015.pdf

[7] Ministerio de Minas y Energía. (18 de enero de 2019). Resolución 31013 del 18 de enero de 2019. Obtenido de minenergia.gov.co/documents/10180//23517//48486-Resolución+No.+31+013+de+18+de+enero+de+2019.pdf

[8] Ministerio de Minas y Energía. (6 de septiembre de 2019). Resolución 40702 de 2019. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10180//23517//48218-Res_40702_Compensaci%C3%B3n+Nari%C3%B1o_06092019.pdf

[9] Ibidem

[10] Ministerio de Minas y Energía. (20 de abril de 2020). Memoria Justificativa Proyecto de Resolución. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10192/24187125/Memoria+Justificativa+Resolucio%CC%81n+Esquema+de+Transicio%CC%81n+PDA+Narin%CC%83o_VF.pdf/4b40cfa9-ac74-4cec-94da-c8f96828d686

[11] Ibidem

[12] Ministerio de Minas y Energía. (27 de junio de 2018). Resolución 31124 de 2019. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10180//23517//48488-Resoluci%C3%B3n+No.+31+524+de+27+de+junio+de+2018+-+Segunda+Modificatoria.pdf

[13] Ibidem

[14] Ministerio de Minas y Energía. (8 de abril de 2020). Esquema de Transición en Relación Plan Abastecimiento Combustible Nariño. Obtenido de https://www.minenergia.gov.co/documents/10192/24187125/Esquema+de+transici%C3%B3n+en+relaci%C3%B3n+plan+abastimiento+combustible+Nari%C3%B1o.pdf/baae0a86-23b5-4085-a69f-c9f2e773872f

[15] Crudo Transparente (27 de enero de 2021). Pulso petrolero regional: Balance 2020. Obtenido de https://crudotransparente.com/2021/01/27/pulso-petrolero-regional-balance-2020/

[16] Crudo Transparente (21 de mayo de 2020). Nariño: fenómeno del contrabando de combustible y su relación con el tráfico de drogas. Obtenido de https://crudotransparente.com/2020/05/21/narino-fenomeno-del-contrabando-de-combustible-y-su-relacion-con-el-trafico-de-drogas/

[17] Presidencia de la República de Colombia. (25 de septiembre de 2006). Decreto 3322 de septiembre 25 de 2006. Obtenido de https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1524330

[18] Petróleos de Nariño. (s.f.). Página Oficial Petronar. Obtenido de https://petronar.com/somos-petronar/

[19] Adiconar (s.f.). Página Oficial Adiconar. Obtenido de http://www.adiconar.com.co/index.php